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Lo que debes saber sobre los eventos en la vía publica

Lo que debes saber sobre los eventos en la vía publica

El ámbito legal sobre los eventos deportivos en la vía pública se encuentra en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

El artículo 55 de este Real Decreto (Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos) sostiene que las pruebas deportivas al aire libre requieren de autorización previa, que “será expedida conforme a las normas indicadas en el anexo II de este reglamento, las cuales regularán dichas actividades”.

Seguro para los participantes en vía pública

Según el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en su Anexo II, Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, Sección I, Artículo 14, sobre pruebas deportivas en la vía pública se sostiene que:

“Todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales y materiales establece el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, para el seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor de suscripción obligatoria, y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.”

El Seguro Deportivo cubre los accidentes sufridos con motivo de la práctica oficial de los deportes y eventos deportivos según el R.D. 849/1993, de 4 de Junio.

Es muy importante para el organizador, poder diferenciar entre deportistas federados y no federados, ya que, aunque el seguro de responsabilidad civil es obligatorio para ambos, los participantes no federados necesitan de una póliza de accidentes deportivos para la prueba, mientras que a los federados el riesgo de accidentes deportivos los cubre la póliza de Real Decreto.

En la prueba

El tráfico debe estar completamente cerrado a todo aquel que no participe en la prueba y “gozarán del uso exclusivo de las vías en el espacio comprendido entre el vehículo de apertura con bandera roja y el de cierre con bandera verde”.

En cuanto a servicios sanitarios, el R.D. explica:

“1. La organización dispondrá la existencia durante la celebración de la actividad de la presencia obligatoria, como mínimo, de una ambulancia y de un médico para la asistencia de todos los participantes, sin perjuicio de su ampliación con más personal sanitario en la medida que se estime necesario.

  1. En las pruebas cuya participación supere los 750 deportistas, se contará con un mínimo de dos médicos, dos socorristas y dos ambulancias, y deberá añadirse, como mínimo, una ambulancia y un médico por cada fracción suplementaria de 1.000 participantes.”

Aunque la mayoría de artículos que regulan las pruebas deportivas al aire libre son los mismos para las diferentes disciplinas, hay algunas diferencias si el evento consiste en una prueba deportiva o si es una marcha ciclista. Te lo explicamos al detalle:

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1993-16129

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2001-943

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-23514

http://www.servicover.com/partners/FVA/Seguro_Carreras.pdf

http://www.mercaseguros.com/seguro-de-responsabilidad-civil-eventos-que-dice-la-ley/

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Eventos en la vía pública: Pruebas deportivas

Eventos en la vía pública: Pruebas deportivas

La información legal sobre pruebas deportivas en la vía pública se encuentra en el Real Decreto 1428/203, de 21 de noviembre, Anexo II, Sección 1: Pruebas deportivas. El siguiente texto es una extracción total de la Sección 1: Pruebas deportivas.

Artículo 1. Objeto.

Esta normativa tiene por objeto establecer una regulación de la utilización de la vía para la realización de pruebas deportivas competitivas organizadas.

Artículo 2. Tramitación de las solicitudes de autorización.

La tramitación para solicitar la autorización de las pruebas deportivas por parte de la autoridad gubernativa correspondiente será la siguiente:

  1. Competencias.

La competencia para expedir la autorización para celebrar una prueba deportiva corresponderá:

a) Al organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, cuando el recorrido de la prueba se desarrolle por vías de más de una comunidad autónoma.

b) A la comunidad autónoma correspondiente y a las Ciudades de Ceuta y Melilla, cuando la prueba se desarrolle íntegramente por vías situadas dentro de su ámbito territorial.

c) Al ayuntamiento, cuando la prueba se desarrolle íntegramente dentro del casco urbano, con exclusión de las travesías.

2. Informes.

a) Del titular de la vía: los organismos titulares de las vías por las que vayan a discurrir las pruebas deportivas emitirán informe sobre su viabilidad.

b) Del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico: cuando la competencia para autorizar las pruebas esté atribuida a una comunidad autónoma, ésta solicitará informe de las Jefaturas de Tráfico de las provincias por cuyo territorio discurran, y, en el caso de que la competencia esté atribuida a las Ciudades de Ceuta o de Melilla, éstas solicitarán informe de la Jefatura Local de Tráfico, siempre que la vigilancia y regulación del tráfico esté atribuida a la Administración General del Estado. En las comunidades autónomas que tengan transferida la competencia de ejecución en materia de vigilancia de la circulación, el informe se solicitará al órgano que la ejerza. Los informes fijarán los servicios de vigilancia.

c) Los informes previstos en los párrafos a) y b) tendrán carácter vinculante cuando se opongan a la realización de la prueba deportiva o la condicionen al cumplimiento de determinadas prescripciones técnicas.

3. Documentación.

La solicitud de autorización especial para celebrar pruebas deportivas se presentará dirigida al órgano competente con, al menos, 30 días de antelación, acompañada de los siguientes documentos:

a) Permiso de organización expedido por la federación deportiva correspondiente, cuando así lo exija la legislación deportiva.

b) Memoria de la prueba en el que se hará constar:

1- Nombre de la actividad y, en su caso, número cronológico de la edición.

2- Reglamento de la prueba.

3- Croquis preciso del recorrido, fecha de celebración, itinerario, perfil, horario probable de paso por los distintos puntos determinantes del recorrido y promedio previsto tanto de la cabeza de la prueba como del cierre de ésta.

4- Identificación de los responsables de la organización, y concretamente del director ejecutivo, y del responsable de seguridad vial, que dirigirá la actividad del personal auxiliar habilitado.

5- Número aproximado de participantes previstos.

6- Proposición de medidas de señalización de la prueba y del resto de los dispositivos de seguridad previstos en los posibles lugares peligrosos, así como la función que deba desempeñar el personal auxiliar habilitado, todo ello mediante informe detallado y que será comunicado en su momento por el responsable de la seguridad vial de la prueba o las fuerzas del orden al personal responsable de la vigilancia de estos puntos conflictivos.

El responsable de seguridad vial de la prueba deberá conocer las normas de circulación, para lo cual deberá poseer permiso de conducción en vigencia. Las autoridades competentes redactarán una instrucción específica que contendrá nociones básicas sobres regulación de tráfico, y cuyo contenido será de obligado conocimiento para el responsable de seguridad vial de la prueba.

7- Justificante de la contratación de los seguros de responsabilidad civil y de accidentes a los que se refiere el artículo 14 de este anexo.

  1. Resolución.

La autoridad competente dictará y notificará la resolución en el plazo de 10 días hábiles desde la presentación de la solicitud. Transcurrido este plazo sin que se haya dictado la resolución, se entenderá concedido el permiso para la organización de la prueba. Contra la resolución podrán interponerse los recursos que procedan. La resolución que se dicte fijará los servicios de vigilancia, cuyo coste correrá a cargo de los organizadores de la prueba.

Artículo 3. Normativa aplicable.

La actividad de las pruebas deportivas se regirá por las normas establecidas en esta normativa especial, por los reglamentos deportivos y demás normas que resulten de aplicación.

Artículo 4. Uso de las vías.

Las pruebas deportivas se disputarán con el tráfico completamente cerrado a los usuarios ajenos a dicha prueba, y gozarán del uso exclusivo de las vías en el espacio comprendido entre el vehículo de apertura con bandera roja y el de cierre con bandera verde.

Artículo 5. Control de las pruebas deportivas.

El control y orden de la prueba, tanto por lo que respecta a los participantes como al resto de usuarios de la vía, estará encomendado a los agentes de la autoridad o al personal de la organización habilitado, que actuará siguiendo las directrices de los agentes o del responsable de seguridad vial.

Artículo 6. Obligaciones de los participantes.

  1. Todos los participantes en una prueba deportiva, con las excepciones previstas en este reglamento, están obligados al cumplimiento de las normas particulares del reglamento de la prueba y a las que en un momento determinado establezca o adopte, por seguridad, el responsable de la prueba o la autoridad competente, no obstante estar eximidos del cumplimiento de las normas generales de circulación.
  2. Cuando un participante no se encuentre en condiciones para mantener el horario previsto para el último de los participantes o sobrepase el tiempo previsto de cierre de control de la actividad, será superado por el vehículo con bandera verde, que indica el final de la zona de competición, por lo que deberá abandonar la prueba con el fin de no entorpecer el tráfico automovilístico y el desarrollo de la propia actividad. En caso de continuar deberá cumplir las normas y señales, y será considerado un usuario más de la vía.

Artículo 7. Vehículos de apoyo.

La organización dispondrá de vehículos de apoyo suficientes, banderines y medios adecuados para la señalización del recorrido, tanto por lo que respecta a los participantes como al resto de usuarios de la vía, así como de los servicios necesarios para retirar la señalización al terminar la actividad, y desperdicios que ocasionen los avituallamientos, dejando la vía y sus alrededores en el mismo estado que antes de su celebración.

Artículo 8. Señalización de itinerarios.

Los itinerarios deben señalizarse en los lugares peligrosos, incluso con la presencia de personal de la organización y con instrucciones precisas del responsable de seguridad vial. Las señalizaciones deberán ser retiradas o borradas una vez que pase el último participante y nunca serán colocadas de manera que provoquen confusión para la circulación rodada ajena a la actividad deportiva. Cuando las indicaciones se hagan sobre la calzada, se deberán utilizar materiales que se borren después de pocas horas.

Artículo 9. Condiciones de la circulación.

  1. Todas las pruebas irán precedidas por un agente de la autoridad con una bandera roja y finalizadas por otro con una bandera verde, las cuales acotarán para los participantes y el resto de usuarios de la vía el inicio y fin del espacio ocupado para la prueba. Estará prohibida la circulación de vehículos en el espacio comprendido entre la bandera roja y la verde, excepto los vehículos autorizados expresamente y con la autorización situada en lugar visible.

Entre una y otra bandera, el personal auxiliar habilitado que realice funciones de orden, control o seguridad irá provisto de una bandera de color amarillo en indicación de atención o peligro, así como con vestimenta de alta visibilidad homologada y que responda a las prescripciones técnicas contenidas en el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre.

  1. Sin perjuicio de ello, la organización incorporará vehículos pilotos de protección que estarán dotados de carteles que anuncien el comienzo y el final de la prueba, y deberán, en su caso, situar el coche de apertura y cierre de la prueba como mínimo 200 metros por delante y por detrás del primer participante y del último, respectivamente.
  2. Las características de los vehículos piloto a que se hace referencia en el apartado anterior serán las siguientes:

a) Vehículos de apertura:

Portador de cartel con la inscripción «Atención:

prueba deportiva. STOP», sin que en ningún caso exceda la anchura del vehículo.

Bandera roja.

Rotativo de señalización de color naranja.

Luces de avería y de cruce encendidas.

b) Vehículo de cierre:

Portador de cartel con la inscripción «Fin de carrera.

CONTINÚE», sin que en ningún caso exceda la anchura del vehículo.

Bandera verde.

Rotativo de señalización de color naranja.

Luces de avería y de cruce encendidas.

Artículo 10. Servicios sanitarios.

  1. La organización dispondrá la existencia durante la celebración de la actividad de la presencia obligatoria, como mínimo, de una ambulancia y de un médico para la asistencia de todos los participantes, sin perjuicio de su ampliación con más personal sanitario en la medida que se estime necesario.
  2. En las pruebas cuya participación supere los 750 deportistas, se contará con un mínimo de dos médicos, dos socorristas y dos ambulancias, y deberá añadirse, como mínimo, una ambulancia y un médico por cada fracción suplementaria de 1.000 participantes.

Artículo 11. Condición de los participantes.

Los participantes que circulen fuera del espacio delimitado por los vehículos de señalización de inicio y fin de la prueba serán considerados usuarios normales de la vía, y no les será de aplicación esta normativa especial.

Artículo 12. Requisitos de los responsables de la prueba.

El director ejecutivo y el responsable de seguridad vial de la prueba deportiva deberán ser mayores de edad y tener conocimientos de las normas de circulación, para lo que será suficiente poseer la licencia o el permiso de conducción en vigor, así como conocimiento del reglamento de la prueba.

El responsable de seguridad vial deberá indicar de modo preciso a cada uno de los miembros del personal auxiliar habilitado la función que deban desempeñar, de acuerdo con la memoria aprobada por la autoridad gubernativa competente.

Artículo 13. Personal auxiliar.

El personal auxiliar para el mantenimiento del orden y control de la actividad deberá ser en número razonable, en función de las características de la actividad, dependerá del responsable de seguridad vial y deberá tener, como mínimo, las siguientes características:

a) Ser mayor de 18 años y poseer permiso de conducción.

b) Disponer por escrito de las instrucciones precisas dadas por el responsable de seguridad vial de la prueba y que habrán sido explicadas previamente por éste o por los agentes de la autoridad que den cobertura a la prueba.

c) Disponer de un sistema de comunicación eficaz que permita al responsable de seguridad vial entrar en contacto con el personal habilitado durante la celebración de la prueba.

d) Disponer de material de señalización adecuado, integrado, como mínimo, por conos y banderas verde, amarilla y/o roja, para indicar a los usuarios si la ruta está o no libre, o una situación de peligrosidad.

e) Deberá poder desplazarse de un punto a otro del recorrido para el ejercicio de sus funciones.

Artículo 14. Obligaciones de los participantes.

Todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales y materiales establece el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, para el seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor de suscripción obligatoria, y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2003-23514

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9º Duatlón Solidario Llinars Ginebró

9º Duatlón Solidario Llinars Ginebró

Así explica la iniciativa de esta propuesta solidaria Marc Lurbe, uno de los organizadores de este duatlón: “La Escuela Ginebró, desde hace 10 años, realiza intercambios en los ciclos formativos de deporte con la Escuela Montserrat Montero. Nunca se ha buscado un beneficio económico con el Duatlón, sino que el objetivo siempre ha sido promocionar los ciclos de deporte y darnos a conocer en la zona. Pues para esta edición hemos decidido que los beneficios que pudiéramos sacar era mejor destinarlos a una causa solidaria. Aprovechando esta relación de tantos años con la Escuela Montserrat Montero, hemos querido colaborar con ellos”.

A las 10:30h, junto al Pabellón Municipal de Deportes de Llinars del Vallès, els trabucaires de Llinars han dado la salida del Duatlón Open (la categoría absoluta), que ha constado de tres tramos: el primero: 5,6 Km corriendo (desnivel de 142 m), el segundo era sobre bbt durante 17 Km (desnivel de 420 m), y el último volvía a ser a pie, pero con una distancia de 2,1 Km (desnivel de 25 m).

“Es una prueba dura pero equilibrada. La disfrutas”, explica el ganador de la categoría senior masculino, Albert Camps. Según Marc Lurbe, el circuito está diseñado para que todo el mundo pueda participar. Se combinan tramos técnicos con tramos más asequibles. “Al fin y al cabo, la dureza corresponde al ritmo que se ponga cada cual”, comenta el campeón, que ha hecho un tiempo de 01:20:37, quedando por delante de su compañero de equipo, Roberto Fidalgo (01:20:48). Los dos del Medina Club Triatló.

Por su parte, la ganadora de la categoría sénior femenino ha sido Aina Picas (01:38:39), del equipo C.N. Reusploms. «En el tramo de running ya me he posicionado primera y me he sentido a gusto con el ritmo que llevaba, aunque con la bici he disfrutado mucho de los senderos. También hay que decir que el hecho de desconocer el circuito me ha hecho disminuir un poco el ritmo que quería».

Aina ha llegado al duatlón en buena forma. En febrero hizo la última prueba de la temporada de duatlones de montaña de la Federación Catalana y venía con buen rodaje a la prueba de este domingo. Pese a la preparación de la campeona, explica que nunca es fácil ganar: «hasta que no cruzas la meta no puedes dar la carrera por ganada».

Tanto Albert como Aina repiten posición respeto el duatlón del año pasado.

Un duatlón lleno de novedades

A pesar de que los campeones de las categorías seniors fueran Albert Camps y Aina Picas, que parece un ritual, el duatlón ha acontecido cambios de lo más interesantes. Una de las novedades de este año ha sido el carácter solidario, aportando los beneficios a la Escuela de Educación Especial Montserrat Montero.

En segundo lugar, se ha dado un gran paso adelante con el Duatlón Escolar. Por primera vez se ha habilitado la prueba a estudiantes de secundaria (entre primero y cuarto de ESO). La distancia ha sido: 5,6 km running + 10 km btt + 2,1 km running. Los tramos de running han sido los mismos que el Open, pero el de btt ha sido propio para su categoría. “Me gusta que hagan participar a gente joven. De este modo se da a conocer este deporte a la juventud, ya que no es muy conocido cuando tienes 15 o 16 años.”, comenta Albert Camps.

Este año también ha habido la Mini Duatlón, dedicada a los más pequeños (entre 8 y 14 años). Por la gran diferencia de edad, la clasificación ha sido simbólica y sólo se ha hecho un tramo a pie y el segundo y último en btt.

Por último, uno de los cambios más importantes ha sido lo del recorrido. “El circuito lo cambiamos cada año, es una manera que la gente venga motivada y los corredores tengan cada año un reto diferente”, dice Marc Lurbe. El circuito a pie ha pasado a ser menos urbano e ir más rato por senderos, hecho que ha sido muy bien acogido por los corredores. En cuanto al circuito de btt, ha sido muy cerrado, como en anteriores ediciones, ya que es “marca de la casa”.

El circuito en bicicleta, que en un principio tenía que pasar por el Parque Montnegre y Corredor, sufrió un cambio de última hora. El organizador lo explica: “La Generalitat y la Diputación de Barcelona, al principio nos dijeron que no habría ningún problema al hacer el recorrido de btt por donde habíamos fijado, pero empezaron a ver inconvenientes hasta que nos denegaron el permiso para hacerlo en el Parque Montnegre y Corredor.

Entonces, con la ayuda de la tienda El Corredor y con la experiencia que tenemos los Ciclos de Deportes del Ginebró, tuvimos que montar un nuevo circuito, que nos ha quedado muy guapo, variado y muy divertido.”

La próxima edición del Duatlón Llinars Ginebró nos traerá nuevas sorpresas, nuevos recorridos y, nunca se sabe, si nuevos ganadores también. Eso sí, seguramente volveremos a contar con grandes duatletas como son Aina Picas y Albert Camps, que intentarán revalidar un año más el peldaño más alto del podio de ganadores.

GANADORES

Modalidad Open

Senior Masculino

  • Albert Camps – Media Club Triatló
  • Roberto Fidalgo – Medina Club Triatló
  • Marc Cirera – Best/Pallarès/Unica

Senior Femenino

  • Aina Picas – C.N. Reusploms
  • Claudia Marín – SCOTT Taymory
  • Bianca Barquet

Master Masculino (+40 anys)

  • Albert Torres

Master Femenino (+ 40 anys)

Maite Rivero

Modalidad Escolar

Masculino 1º/2º ESO

  • Alan Teixidó
  • Arnau Muñoz
  • Gerard Ledesma

Femení 1º/2º ESO

  • Brenda Teixidó
  • Ainara Sandoval

Masculí 3º/4º ESO

  • Santiago Bellido
  • Martí Monferrer
  • Arnau Monzonís

Consulta todos los resultados: https://goo.gl/FnpCH1

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